Un grave ejemplo de las irregularidades cometidas por el juez Galeano no denunciada por las querella

Telleldín con visitas prohibidas en la cárcel

En un mundo cambiado como el que se vive en la causa AMIA todo fue y sigue siendo posible:

Por Guillermo Lipis

– Fue posible que Carlos Telleldín fuera visitado en la cárcel y a solas, en tres ocasiones, por un representante de la Fiscalía General de Estado israelí gracias a la autorización indebida otorgada por el entonces juez instructor de la causa AMIA, Juan José Galeano (dado que ningún reo argentino puede ser interpelado por ninguna autoridad o funcionario extranjero).

– Fue posible que pasaran diez años para que este hecho apareciera como tal y nadie -como hasta ahora lo hizo recurrentemente el Secretario de la Unidad Especial de Investigación del atentado a la AMIA (UEI), Alejandro Rúa- reclame por el contenido de esos diálogos.

– Es posible que los abogados de la querella oficial sigan apuntando donde no corresponde al entrevistarse con el juez Canicoba Corral (reemplazante de Galeano) y no le reclamen por el cumplimiento del pedido realizado por Rúa y Nisman, que hasta la fecha de cierre de esta edición no se había cumplimentado

¿Por qué el juez Canicoba Corral demora la toma de decisión acerca de este pedido de los representantes del Ejecutivo? Nueva Sión intentó averiguarlo de primera fuente, pero fue imposible obtener una respuesta del magistrado interviniente.
Pero conozcamos algo más de esta singular historia:

En notas remitidas por la UEI en los meses de febrero, abril y mayo de 2005, esta dependencia de la Oficina Anticorrupción del Ministerio de Justicia solicitó al juez Canicoba Corral “que remita copia de las actas que se labraran en ocasión de las entrevistas que en el trámite de la causa se autorizara a mantener a Eldad Gafner -representante de la Fiscalía General del Estado de Israel- con el entonces detenido Telleldín, al menos desde el 3 de abril de 1995”. Rúa también reclamó porque se solicite a la Fiscalía israelí toda la documentación habiente en su poder acerca de esos diálogos o interrogatorios irregulares para la justicia argentina. Por ahora, y a más de diez años de aquellos encuentros indagatorios, nadie responde.

La historia

El 9 de marzo de 1995, la Fiscal General del Estado de Israel -Dorit Beinish- le escribe una carta al entonces juez instructor de la causa Juan José Galeano. “Me permito dirigirme a usted, dada la importancia que nosotros atribuimos al adelanto de nuestro común interés en la lucha contra el terrorismo, y concretamente al asunto del cual usted se ocupa… Las autoridades competentes del Estado de Israel poseen fundamento para suponer que la investigación de las relaciones existentes entre estos sucesos y otros similares ocurridos en diversos lugares del mundo, puede asistir a las investigaciones efectuadas en Israel…”
“…Las circunstancias… mencionadas implican la conveniencia de que las autoridades competentes del Estado de Israel mantengan entrevistas con esta persona (por Carlos Telleldín), y asimismo, a los fines pertinentes, recibirle declaración testimonial”…
La carta de la fiscal Beishit con el pedido formal a Galeano, fue entregada a la cancillería argentina acompañada por otra de recomendación del entonces canciller israelí Shimon Peres y una tercera suscripta por el entonces embajador Avirán presentando a las anteriores.
El entonces canciller argentino Guido Di Tella, el mismo día en el que Avirán le hiciera llegar las cartas -el 21 de marzo de 1995- las redespachó al juzgado de Galeano mencionando el tema en cuestión y sin ningún tipo de recomendación formal hacia el juez argentino.
Estas entrevistas entre Telleldín y Eldad Gafner fueron consideradas irregulares por el Tribunal Oral Federal número 3 (TOF 3) quienes caratularon -en su sentencia del 29 de octubre de 2004- a las mismas como el “Incidente de autorización de entrevista con Telleldín” otorgada por Juan José Galeano.

Algunas de las consideraciones dadas fueron las siguientes:
– A pesar de que los fiscales Mullen y Barbaccia consideraron acreditadas las condiciones formales de procedibilidad del pedido, omitieron que entre Israel y la Argentina no media ningún tratado de cooperación internacional, con lo cual se trataba “de un trámite novedoso, no previsto en nuestra legislación procesal”.

– Evaluaron como de “irregularidad mayor… el sometimiento del detenido a varios interrogatorios por parte de un fiscal extranjero, en un acto rodeado de total informalidad” dado que “ninguna de las entrevistas fueron notificadas a la defensa de Telleldín, ni obra constancia alguna que ilustre el tenor de los interrogatorios ni las respuestas”. Cabe recordar que “para la época de las reuniones, la legislación procesal argentina, sin excepción, contemplaba la declaración indagatoria como una acto que sólo podía ser recibido por el juez.

– No se acompañó pliego de preguntas, se desconoce lo preguntado y no existe -al menos oficial y formalmente- copia de lo testimoniado por Telleldín.

Como puede observarse, a decir del TOF 3, los encuentros estuvieron “muy lejos de adecuarse a las costumbres internacionales de ayuda mutua como sostuvo el juez en su resolución puesto que se desconoce en qué consistió el auxilio, como así también en qué calidad declaró Telleldín”.

Las entrevistas (que no existieron para Canicoba)

Rúa destaca la importancia de las constancias que pudieran haber documentado los tres encuentros sostenidos entre Gafner y Telledín a solas.
Su presentación así refiere la insólita respuesta de Canicoba Corral para quien, parece ser, las entrevistas nunca ocurrieron:
“Frente a ello (por el requerimiento) el juez Canicoba Corral se limitó a desconsiderar la cuestión… no sin antes volcar algunas referencias sobre el pedido de esta UEI, a las que corresponde atender a continuación:
De un lado, hizo saber (Canicoba Corral) que realizada ‘la búsqueda correspondiente en las bases de datos existentes en esa sede, no fue hallada constancia o acta alguna relativa a presuntas entrevistas que hubiera mantenido el representante de la Fiscalía Israelí, Eldad Gafner, con Carlos Alberto Telleldín´”.
¿Nunca vio el juez Canicoba Corral las cartas de Dorit Beinish, Shimon Peres, el entonces embajador Avirán, Guido Di Tella, las notas suscriptas por su antecesor Galeano y las constancias dejadas por el entonces secretario federal Carlos Velasco en las que se daba cuenta de los encuentros sostenidos entre Telleldín y Gafner?
¿Desinterés, negligencia o un nuevo fraude moral que evita ir a fondo con la búsqueda de la verdad y todos los elementos que pueden acerca a ella?
Las entrevistas entre Telleldín y Gafner se produjeron los días 3, 4 y 10 de abril de 1995, hace ya más de diez años…
Al momento del cierre de esta edición, Nueva Sión se comunicó con la cancillería argentina y con funcionarios de la Embajada de Israel en el país y en ninguna de las dos oficinas se había recibido algún pedido del actual juez del caso AMIA.
Lior Haiat, vocero de prensa de la delegación israelí reconfirmó este dato a Nueva Sión, reconoció no tener conocimiento previo del hecho y sentenció que, en la medida que la justicia argentina requiera dicha información, “Israel cooperará con ella”.

¿Es legal en Israel que si un reo israelí -alojado en las cárceles israelíes- es requerido por un fiscal extranjero, se autorice ese encuentro para que se produzca una declaración testimonial?, consultó Nueva Sión a Haiat.

– Si la justicia israelí lo autoriza sí, no es habitual pero sí es posible. Supongo que por eso la Fiscal Beinish realizó el pedido al juez Galeano.

Lo cual deja en claro, al menos al decir del funcionario israelí, que Israel ejerció una solicitud legal de acuerdo a sus leyes y costumbres. El problema estuvo acá, en la autorización dada por el juez Galeano, en la forma en la que se desarrollaron esos encuentros y en no disponer una copia de los testimonios recogidos por el representante de la justicia israelí.

Ahora la UEI está requiriendo esos datos, Canicoba Corral sigue sin librar exhorto alguno, ningún abogado de las querellas lo reclama ni denuncia, y todos se quejan de que las investigaciones no avanzan.
A 11 años del atentado, parece ser que muchos funcionarios del Estado, dirigentes comunitarios y los abogados querellantes siguen mirando para otro lado; y haciendo lo que quieren con el recuerdo de los muertos y la búsqueda de justicia.